Benito Juárez: 20 y 21 de Febrero 2010 REGLAMENTO ARTESANOS
Artículo 1º.- Interpretación: Este reglamento será interpretado en toda circunstancia en el sentido de mantener la jerarquía de la exposición, su orden y seguridad interna, sus niveles estrictos, funcionales y su carácter. Asimismo, serán interpretados en la forma más favorable a la consecución de la finalidad de mostrar el potencial y promoviendo la venta de los productos expuestos.-
Artículo 2º.- Lugar y fecha.-
Se realizará en el predio del Complejo Polideportivo del Club Loma Negra, en Ruta 80 entre Puerto Argentino y Chile, de la localidad de Villa Cacique – Partido de Benito Juárez, durante el período comprendido entre el sábado 20 y el domingo 21 de Febrero de 2010.-
Artículo 3º.- Horarios:
El expositor deberá ,para el desarrollo de sus actividades, ajustarse estrictamente a lo horarios que fije la Organización:
Sábado 20 de Febrero de 10,00 hs.- a 24,00 hs.-
Domingo 21 de Febrero de 10,00 hs.- a 24,00 hs.-
Artículo 4º. Armado de STAND ( carga y descarga)-
Los expositores podrán ingresar
con vehículos al predio para carga y descarga de mercaderías y materiales por el acceso principal del Complejo Polideportivo Loma Negra por la calle Puerto Argentino el sábado 20 de febrero desde las 08,00 hs. hasta las 10,00 hs.- y el domingo 21 de febrero desde las 08,00 hs.- hasta las 10,00 hs.- No se permite bajo ningún concepto el traslado o intercambio de puestos ya otorgados y previstos por los Organizadores.
Queda TERMINANTE PROHIBIDA la instalación de carpas y vehículos dentro del predio, solo se permitirá el acceso hasta el horario previstos en el art. anterior. A partir de dicho horario personal asignado retirara del lugar los mismos sin excepción alguna.
Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en los puestos feriantes.
LA ORGANIZACION, no se responsabiliza por las pérdidas económicas en caso de mal tiempo, ya que es de público conocimiento que la misma se realiza al aire libre. No se responsabiliza por la pérdida, robo, hurto o roturas en ningún caso, como así tampoco por daños físicos producidas a las personas que forman parte integrante de los
Stand, ni asume responsabilidades de ninguna, índole por la relación laboral existente entre el titular del Stand y sus dependientes en caso que los tuviera.
PUESTOS: El puesto consta de las siguientes medidas : 2 mts.x 2 mts.- a cada Artesano le corresponde el armado de su Stand, con el mobiliario que corresponda, zapatilla de electricidad, no podrá tener un consumo de energía superior a 120w, preferentemente en (dos) lámparas de 60w cada una.- Los espacios a ocupar se otorgarán por orden de llegada, para una mejor organización, sin que dé la posibilidad a lugares vacios dentro del esquema programado por la Organización.-
Artículo 5º.- No se permitirá la presencia de revendedores, de existir dentro del predio actividades de éstas características se desarrollarán las acciones pertinentes desde los agentes de Inspección de la Municipalidad. Los Artesanos, que lo consideren ,podrán realizar demostraciones en sus respectivos puestos.
Artículo 6º.- Vigilancia.-
La Organización establecerá personal de vigilancia general, para procurar orden y atender imprevistos, pero no se responsabiliza del material y objetos depositados en cada Stand o daños que puedan sufrir los objetos , muestras, materiales de montaje y de exhibición, antes, durante, ni después de la fiesta, cualquiera fuese la causa de los eventuales perjuicios.
Artículo 7º.- CANON.-
El costo previsto es de $ 50.- para los Artesanos que residan dentro del partido de Benito Juárez.-
De $ 80.- Gastronomía artesanal.-( dulces caseros, tortas caseras, pasteleria, etc., quienes comercialicen estos productos comestibles deberán hacerlo en buenas condiciones y debidamente envasado en bandejas de cartón y con una cubierta de polietileno adherente, siempre que el objeto de venta lo permita.( personal de Bromatología municipal controlará el estado de los mismos).-
De $ 150.- Artesanos que NO residan dentro del Partido de Benito Juárez.-
El Artesano que no posea abonado el canon en su totalidad no tendrá derecho a espacio, sin excepción alguna, el correspondiente canon permite ocupar un espacio dentro de la feria, mediante presentación de credencial otorgada y recibo de canon abonado.
INSCRIPCION Y CONSULTAS : DIRECCION DE CULTURA Y EDUCACION – MORENO 69 – TEL-FAX 02292 – 453140 EN HORARIO DE 9 A 15 HS.-
FICHA DE ACEPTACION AL REGLAMENTO .
Nombre………………………………………………………..
Apellido……………………………………………………….
DNI………………………………………..
Dirección…………………………………….tel……………….-
Localidad………………………………………..
Stand a instalar ………………………………………………
Firma y aclaraciòn
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